Cómo salir del Boletín de Responsables Fiscales (SIBOR) de la Contraloría: pago total, acuerdo de pago y certificado
El acuerdo de pago suspende el cobro coactivo, pero lo que nombra la norma como causal de exclusión es el pago total. Te explicamos el camino oficial, los plazos y la inhabilidad.

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Respuesta corta: firmar un acuerdo de pago no te saca del Boletín de Responsables Fiscales. Lo que la Resolución Reglamentaria 074 de 2026 nombra como causal de exclusión por pago es el pago total de las obligaciones, soportado en un acto de la contraloría competente.
Este es el error más común que veo en quien recibe un fallo fiscal: creer que con la firma del acuerdo el nombre desaparece y ya puede contratar. No es así, y por eso conviene entender el mapa completo antes de pagar o firmar nada.
El boletín (SIBOR) lista personas naturales o jurídicas con un fallo de responsabilidad fiscal en firme y ejecutoriado cuyo valor sigue sin pagarse (Ley 610 de 2000, art. 60). Es un registro distinto al de antecedentes de la Policía y la Procuraduría; si buscas esos, mira nuestra guía de certificados de antecedentes para empleo. Tampoco es el REDAM, que es otro registro y no sirve para salir de este. Y nada tiene que ver con el paz y salvo del predial.
Certificado en línea frente al boletín en PDF
El documento que revisan las entidades es el Certificado de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal. Se genera en www.contraloria.gov.co, no tiene costo y desde el 29 de marzo de 2012 refleja el registro de SIBOR en tiempo real, con la fecha y hora de expedición impresas.
El boletín consolidado en PDF es otra cosa: una publicación trimestral que la Contraloría debe subir dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al cierre de cada trimestre calendario (Resolución 074 de 2026, art. 2). Una vez la exclusión queda registrada, el certificado web ya sale limpio; no tienes que esperar al siguiente PDF.
La oficina que administra el registro es la Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo, a través del Equipo de Trabajo del Boletín de Responsables Fiscales. Si ves páginas viejas que hablan de la "Delegada de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva", están desactualizadas.
Cuándo aparece un nombre
Solo cuando el fallo está en firme y ejecutoriado y la obligación no se ha satisfecho. Un proceso abierto o un fallo sin ejecutoria no es lo que lista el artículo 60. La contraloría que conoce el proceso (la General, una territorial o la Auditoría General) reporta la inclusión en el Formulario 1 dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ejecutoria, y la Delegada lo registra o lo devuelve en otros cinco días hábiles.
Fíjate en algo práctico: tú no radicas esos formularios. Los diligencia el funcionario competente, no es un trámite de autoservicio ciudadano.

Acuerdo de pago: qué suspende y qué no
La Sentencia C-113 de 2022 declaró inexequible el artículo 121 del Decreto Ley 403 de 2020, que decía que firmar el acuerdo suspendía la anotación en el boletín y la inhabilidad. Con eso reviveron los artículos 90 a 98 de la Ley 42 de 1993.
Hoy, el artículo 96 permite firmar un acuerdo de pago en cualquier etapa de la jurisdicción coactiva, y su efecto es suspender el proceso coactivo y las medidas cautelares ya ordenadas. El artículo no dice que suspenda la anotación en SIBOR ni la inhabilidad. La antigua reglamentación de 2020 que ordenaba pedir esa suspensión ya no es la regla vigente; no la apliques.
Mi consejo: el acuerdo sirve para frenar embargos mientras pagas, no para contratar. Pregunta al funcionario ejecutor de la contraloría de tu expediente si el acuerdo está disponible en tu caso. No hay cifras públicas verificadas de cuotas, intereses ni garantías, así que desconfía de quien te prometa condiciones sin ver tu expediente.
Pago total y reporte de exclusión
Esta es la ruta de pago, paso a paso:
- Paga la totalidad de las obligaciones y guarda el soporte.
- Pide a la contraloría que profirió el fallo (o al ejecutor) que declare, en un acto administrativo, que recibió el pago.
- Esa oficina diligencia el Formulario 2 y lo envía a la Delegada con el acto, dentro de los cinco días hábiles siguientes a que la decisión quede en firme.
- Si el expediente llega completo, la Delegada registra la exclusión dentro de los quince días hábiles siguientes a recibirlo.
- Descarga un certificado nuevo y verifica la fecha y hora impresas.
El trámite en la Contraloría es gratuito y no requiere intermediarios, según su portafolio de trámites. Parte de tu trabajo es perseguir el acto y el envío del formulario, porque el retiro depende de que la contraloría reportante cumpla.
Otras causales, sin inventar plazos
La Resolución 074 de 2026 solo contempla estas causas de exclusión: pago total; orden judicial ejecutoriada; pérdida de fuerza ejecutoria del fallo; prescripción de la acción de cobro (la Contraloría General la aplica según su posición jurídica institucional, y en las fuentes revisadas no hay un conteo de años); y revocatoria directa del fallo.
Demandar el fallo, firmar un acuerdo o hacer un pago parcial no es, por sí solo, causal de exclusión. Una sentencia solo mueve el registro cuando el funcionario competente remite la orden ejecutoriada. Para nulidad, prescripción o cuantía, revisa el expediente con la contraloría emisora o con un abogado.
Inhabilidad para el cargo y para contratar
Según la Ley 1952 de 2019, art. 42, parágrafo 1 (tal como la cita la Función Pública en su Concepto 268581 de 2022), el declarado responsable fiscal queda inhábil para cargos públicos y para contratar con el Estado durante cinco años desde la ejecutoria. Termina cuando la Contraloría competente declara que recibió el pago o, si el pago no aplica, cuando la Contraloría General lo excluye del boletín.
Si pasaron cinco años sin pago ni exclusión, se suma un término según la cuantía al momento del fallo: más de 100 SMMLV, cinco años más; más de 50 hasta 100, dos años; más de 10 hasta 50, un año; 10 o menos, tres meses. Tu caso puntual puede variar, así que confírmalo.
Aparte, el artículo 60 prohíbe al nominador nombrar, posesionar o contratar a quien aparezca en el boletín, y las entidades deben consultar el certificado. Un certificado limpio tampoco reemplaza las pólizas y garantías de la contratación pública ni garantiza un contrato.
Dónde pedir el certificado ordinario y el de embajada
El ordinario se descarga gratis en la web. Si prefieres ir en persona, el Centro de Servicio al Ciudadano de la Contraloría General queda en la Carrera 69 No. 44-35, piso 1, Bogotá, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. (PBX 601 518 7000).
El certificado para embajadas y consulados es distinto: se solicita con copia del documento de identidad en esa dirección o al correo boletin_responsables_fiscales@contraloria.gov.co, y se entrega a los diez días hábiles. No es el mismo papel que imprimes de la web.
Si ya pagaste y sigues apareciendo
Vuelve a la contraloría que reportó tu nombre, con el soporte de pago y el acto en que consta el recibo, y pregunta si ya envió el Formulario 2. No le pagues a un gestor que prometa borrarte del boletín y no mandes tu cédula, el fallo o el certificado por un chat privado: el retiro lo reporta el funcionario competente a la Delegada.
Un límite claro: Colombia Move no limpia antecedentes fiscales ni revisa fallos. Esta guía es un mapa del procedimiento, no una opinión sobre tu caso.
Preguntas frecuentes
❓ ¿Firmar un acuerdo de pago me saca del SIBOR?
No. El artículo 96 de la Ley 42 de 1993 suspende el proceso coactivo y las medidas cautelares, pero no la anotación en el boletín. La causal de pago en la Resolución 074 de 2026 es el pago total, y la regla de 2020 que suspendía la anotación ya no aplica (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Cuánto cuesta el certificado de antecedentes fiscales y se actualiza al momento?
El certificado ordinario no tiene costo y se genera en la web de la Contraloría. Refleja el registro de SIBOR en tiempo real, con la fecha y hora impresas. El boletín trimestral en PDF es una publicación aparte, así que no esperes al siguiente PDF para ver un certificado limpio (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Yo radico el paz y salvo en la Contraloría General?
No directamente. El funcionario competente de la contraloría que profirió el fallo, o el ejecutor coactivo, diligencia el Formulario 2 y lo envía a la Delegada con el acto que declara el pago. Tu tarea es obtener ese acto y pedir a esa oficina que lo reporte (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Cuánto dura la inhabilidad para contratar con el Estado?
Cinco años desde la ejecutoria del fallo. Termina antes si la Contraloría competente declara que recibió el pago o, si el pago no aplica, cuando la Contraloría General te excluye del boletín. Si nada de eso ocurre, se suman términos según la cuantía en SMMLV al momento del fallo (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Si demando el fallo me borran del boletín?
No por la demanda en sí. El registro solo se excluye o se suspende cuando el funcionario competente remite una orden judicial ejecutoriada. Para nulidad, prescripción o cuantía, confirma tu expediente con la contraloría emisora o con un abogado (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Cómo evito una estafa si sigo apareciendo después de pagar?
Vuelve a la contraloría que reportó tu nombre con el soporte de pago y pregunta por el Formulario 2. Desconfía de quien cobre por borrar el registro o pida tu cédula por chat privado: el retiro lo reporta el funcionario competente (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Dónde publico una vacante o mi perfil si ya no aparezco en el certificado?
En la sección Empleos de Colombia Move, indicando cargo, ciudad, requisitos y un contacto directo. No subas el certificado ni la cédula al anuncio; la entidad que contrata consulta el certificado de la Contraloría por su cuenta.






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