Cómo Calcular las Horas Extras y Recargos Nocturnos en Colombia (Guía 2026)
Domina las matemáticas de la nómina colombiana en 2026. Con la reducción a 42 horas semanales y el nuevo divisor 210, calcular recargos y horas extras cambió por completo.

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Sinceramente, seguir usando las plantillas de Excel de 2023 o 2024 para liquidar tu nómina te va a salir carísimo. Julio de 2026 partió la historia laboral de Colombia en dos: por un lado, la jornada máxima semanal se redujo definitivamente a 42 horas (Ley 2101 de 2021) y, por el otro, el recargo por trabajar domingos y festivos saltó al 90% (Ley 2466 de 2025). Si eres empleador, gerente de recursos humanos o trabajador independiente, necesitas actualizar tus matemáticas ahora mismo.
A continuación, te explico cómo funcionan las fórmulas exactas, qué multiplicadores usar y cómo evitar los errores más comunes al pagar turnos complejos.
Ley 2101 y el Divisor 210: La Fórmula Definitiva
El cambio más drástico que trajo el 15 de julio de 2026 no fue solo que la gente trabaje menos horas, sino cómo se calcula el valor de su tiempo. Al bajar el límite a 42 horas semanales, el divisor mensual que usamos para hallar el costo de la hora ordinaria dejó de ser 240 o 220. El divisor oficial ahora es 210 horas.
La fórmula es innegociable: tomas el salario mensual del trabajador y lo divides entre 210. Pilas con esto: el auxilio de transporte ($249.095 COP en 2026) jamás se incluye en esta división. Solo se usa el salario base.
Hagamos el ejercicio con el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) de 2026, que está en $1.750.905 COP:
- $1.750.905 ÷ 210 = $8.338 COP.
Ese valor ($8.338) es tu base. A partir de ahí, todo recargo o trabajo suplementario se calcula multiplicando esa tarifa por los factores que exige la ley.
El Nuevo Reloj Laboral y los Recargos
Además de la reducción de la jornada, la Reforma Laboral ajustó los horarios y los porcentajes para beneficiar el descanso y el trabajo atípico. Hoy en Colombia, el reloj funciona así:

- Jornada nocturna: Arranca a las 7:00 P.M. y va hasta las 6:00 A.M. Trabajar en esta franja dentro de las 42 horas semanales genera un recargo del 35%.
- Domingos y festivos: Desde el 1 de julio de 2026, el recargo por trabajar en un día de descanso obligatorio subió al 90% sobre el valor de la hora ordinaria.
Es vital entender la diferencia entre un recargo (trabajar de noche o en domingo dentro de tu turno normal de 42 horas) y una hora extra (tiempo suplementario que excede el límite legal). Cuando ambos se cruzan, los porcentajes son aditivos. Es decir, se suman.
Tabla de Valores de Horas Extras y Recargos (Base SMMLV 2026)
Para ahorrarte dolores de cabeza con la calculadora, aquí tienes la tabla maestra con los valores redondeados para un trabajador que gana el salario mínimo en 2026. Si pagas más del mínimo, simplemente aplica el multiplicador a tu hora ordinaria.
| Concepto | Fórmula / Porcentaje | Multiplicador | Valor Hora (SMMLV 2026) |
|---|---|---|---|
| Hora Ordinaria Base | Salario ÷ 210 | 1.00 | $8.338 |
| Hora Extra Diurna | + 25% | 1.25 | $10.423 |
| Hora Extra Nocturna | + 75% | 1.75 | $14.592 |
| Recargo Nocturno (sin ser extra) | + 35% | 1.35 | $11.256 |
| Hora Extra Diurna Dominical/Festiva | 25% extra + 90% dominical (115%) | 2.15 | $17.927 |
| Hora Extra Nocturna Dominical/Festiva | 75% extra + 90% dominical (165%) | 2.65 | $22.096 |
| Recargo Nocturno Dominical/Festivo | 35% nocturno + 90% dominical (125%) | 2.25 | $18.761 |
Nota: Los valores en pesos están aproximados al peso más cercano para facilitar la liquidación en software de nómina.
Casos Prácticos y Límites Legales
Veamos un caso real. Imagina que un empleado con salario mínimo trabaja un domingo de 6:00 P.M. a 10:00 P.M., y esas 4 horas exceden su jornada semanal de 42 horas. ¿Cómo le pagas?
De 6:00 P.M. a 7:00 P.M. es una hora extra diurna dominical (multiplicador 2.15 = $17.927). De 7:00 P.M. a 10:00 P.M. son tres horas extras nocturnas dominicales (multiplicador 2.65 = $22.096 x 3 = $66.288). En total, por ese turno de cuatro horas, debes liquidar $84.215 COP.
Un error grave que cometen muchas empresas es intentar "compensar" las horas. La ley es clara: no puedes obligar a un trabajador a reponer las horas de un día festivo para alcanzar las 42 horas semanales. El festivo es un descanso remunerado garantizado. Forzar la reposición es una violación directa al Código Sustantivo del Trabajo, especialmente si manejas un contrato de trabajo por obra o labor, donde la liquidación debe ser minuciosa frente a las inspecciones.
Optimización de Costos y Contratación
El miedo a calcular mal estos costos paraliza a muchos emprendedores. Según los anuncios activos en Colombia Move (julio 2026), la sección de empleos presenta una altísima brecha de oferta: tenemos 13 categorías locales desatendidas (incluyendo tecnología, marketing y roles operativos). Muchos dueños de pymes frenan sus contrataciones por temor a los costos laborales ocultos, pero cuando dominas el divisor 210 y la tabla de recargos, contratar deja de ser un salto al vacío.
Si ya tienes claro tu presupuesto y necesitas expandir tu equipo, te recomiendo leer nuestra guía sobre cómo publicar ofertas de empleo gratis en Colombia para encontrar talento local sin pagar costosas comisiones a agencias de reclutamiento.
Preguntas frecuentes
❓ ¿Desde cuándo rige la jornada de 42 horas en Colombia?
Rige de manera definitiva y obligatoria desde el 15 de julio de 2026, completando la transición gradual de la Ley 2101 de 2021. No afecta el salario nominal, pero eleva el costo de la hora ordinaria de trabajo.
❓ ¿Cuál es el nuevo divisor para calcular la hora ordinaria en 2026?
El divisor mensual pasa a ser de 210 horas a partir del 15 de julio de 2026. La fórmula consiste en tomar el salario mensual (excluyendo el auxilio de transporte) y dividirlo entre 210.
❓ ¿A partir de qué hora inicia la jornada nocturna?
La jornada nocturna en Colombia inicia oficialmente a las 7:00 P.M. y finaliza a las 6:00 A.M. del día siguiente, con un recargo del 35%. Este cambio fue introducido por la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025).
❓ ¿A cuánto equivale el recargo por trabajar un domingo o festivo?
Equivale a un recargo del 90% sobre la hora ordinaria a partir del 1 de julio de 2026. Este porcentaje se incrementará al 100% el 1 de julio de 2027 bajo el esquema de la reforma laboral.
❓ ¿Se puede obligar a reponer las horas de un día festivo?
No, las empresas no tienen la facultad legal de exigir a sus empleados reponer o recuperar las horas de descanso obligatorio correspondientes a los días festivos. El festivo es un descanso remunerado garantizado por el Código Sustantivo del Trabajo.
❓ ¿Cómo se liquidan las horas extras dominicales bajo las nuevas tarifas?
Se liquidan de forma aditiva sumando el recargo del domingo (90%) y el de la hora extra. Por ejemplo, una hora extra diurna dominical suma 25% (extra) + 90% (dominical) para un recargo total de 115% (factor 2.15).





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