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Cómo calcular el IVA en Colombia: sumar y quitar el 19% y el 5%

Sumar el IVA es multiplicar por 1,19; quitarlo es dividir entre 1,19, no multiplicar por 0,81. Ejemplos en pesos y la nueva calculadora de IVA.

Mostrador de una tienda pequeña con caja registradora y calculadora.

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Calcular el IVA parece fácil hasta que te toca quitarlo. Sumarle el 19% a un precio es una multiplicación, pero cuando un precio ya trae el IVA incluido, mucha gente multiplica por 0,81 y el resultado sale mal. En una factura de $1.190.000, ese atajo da una base de $963.900 cuando la correcta es $1.000.000: un error de más de $36.000.

Para evitarlo lanzamos la calculadora de IVA de Colombia Move: suma o quita el IVA del 19%, del 5% o del 0% en un clic. En esta guía te mostramos las fórmulas, ejemplos con pesos reales y cuándo tienes que cobrar IVA si vendes por tu cuenta.

Las tarifas de IVA en Colombia

El impuesto sobre las ventas (IVA) tiene tres escenarios que la calculadora cubre:

  • 19%, tarifa general: la establece el artículo 468 del Estatuto Tributario y aplica a la mayoría de bienes y servicios.
  • 5%, tarifa diferencial: aplica solo a los bienes y servicios que enumeran los artículos 468-1 y 468-3 del Estatuto Tributario.
  • 0%: para bienes exentos, que se gravan a tarifa cero con derecho a devolución, y para los excluidos, que están por fuera del impuesto, como buena parte de la canasta básica.

Si no sabes qué tarifa corresponde a lo que vendes, consulta el Estatuto Tributario o a tu contador antes de facturar. Aplicar el 19% a un bien de tarifa diferencial, o al revés, te deja mal parado frente a la DIAN y frente al cliente.

Cómo sumar el IVA a un precio

Si tienes el precio antes de impuestos (la base), multiplícalo por la tarifa para obtener el IVA, o por 1 más la tarifa para obtener el precio final:

  • IVA del 19%: base × 0,19. Precio final: base × 1,19.
  • IVA del 5%: base × 0,05. Precio final: base × 1,05.
BaseTarifaIVAPrecio con IVA
$100.00019%$19.000$119.000
$850.00019%$161.500$1.011.500
$1.000.0005%$50.000$1.050.000
Manos sosteniendo un recibo impreso junto a una calculadora sobre un mostrador.
Para quitar el IVA, divide el total entre 1,19; no multipliques por 0,81.

Cómo quitar el IVA a un precio que ya lo incluye

Aquí está el error más común. Si un precio ya trae el IVA, divide entre 1,19 (o entre 1,05 si la tarifa es del 5%) para obtener la base. La diferencia entre el total y la base es el IVA.

Precio con IVATarifaBase (sin IVA)IVA incluido
$59.50019%$50.000$9.500
$1.190.00019%$1.000.000$190.000
$3.570.00019%$3.000.000$570.000
$210.0005%$200.000$10.000

¿Por qué no sirve multiplicar por 0,81? Porque el 19% se calculó sobre la base, no sobre el total. Si le restas el 19% al total, lo estás calculando sobre un número más grande. Con $1.190.000, multiplicar por 0,81 da $963.900; dividir entre 1,19 da la base correcta, $1.000.000. La calculadora siempre usa la división.

¿Tengo que cobrar IVA si vendo como persona natural?

Solo si eres responsable de IVA. Según el artículo 437 del Estatuto Tributario, las personas naturales que en el año anterior o en el año en curso tuvieron ingresos brutos por actividades gravadas inferiores a 3.500 UVT, y que cumplen las demás condiciones de la norma, son no responsables y no cobran IVA. Con la UVT de 2026 fijada por la DIAN en $52.374, ese tope equivale a $183.309.000.

Vender tus propios artículos usados (el sofá, la bicicleta o el celular que ya no usas) en general no es una actividad comercial gravada. Si tienes un negocio, eres responsable de IVA o facturas electrónicamente, el panorama cambia: revisa nuestra guía de facturación electrónica para independientes. Y si contratas a alguien que no está obligado a facturar, te explicamos el documento soporte de la DIAN.

Un caso frecuente en arriendos: el arriendo de vivienda está excluido de IVA, mientras que el comercial (locales, oficinas, bodegas) paga 19% cuando el arrendador es responsable. Lo ampliamos en la guía de factura electrónica en contratos de arrendamiento.

Cómo publicar tu precio con o sin IVA

Si vendes como negocio responsable de IVA, publica el precio final con el IVA incluido. Es lo que el comprador va a pagar y evita discusiones al cerrar. Si no eres responsable, publica tu precio sin agregarle un IVA que no vas a declarar.

La calculadora de IVA está conectada con el formulario de publicación de Colombia Move: cuando obtienes el resultado, un botón abre el formulario para publicar tu anuncio con el precio final ya escrito. Así pasas del cálculo al anuncio sin copiar cifras a mano.

Nota editorial: Esta guía usa las mismas fórmulas de la calculadora de IVA de Colombia Move y normas vigentes al 24 de septiembre de 2026. Es información general: la tarifa de cada producto y tu condición frente al IVA deben confirmarse con el Estatuto Tributario o con un contador.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el IVA del 19%?

Multiplica el precio antes de impuestos por 0,19 para obtener el IVA, o por 1,19 para el precio final. Por ejemplo, $100.000 × 1,19 = $119.000, de los cuales $19.000 son IVA. Es la tarifa general vigente en 2026.

¿Cómo le quito el IVA a un precio?

Divide el precio con IVA entre 1,19 si la tarifa es del 19%, o entre 1,05 si es del 5%. El resultado es la base y la diferencia es el IVA: $119.000 ÷ 1,19 = $100.000. Funciona igual con las tarifas vigentes en 2026.

¿Por qué no puedo multiplicar por 0,81 para quitar el IVA?

Porque el IVA se calcula sobre la base, no sobre el total. Multiplicar por 0,81 resta de más: con $1.190.000 da $963.900, cuando la base correcta es $1.000.000, un error de $36.100 en una sola factura de 2026.

¿Qué tarifas de IVA existen en Colombia?

La general del 19% (artículo 468 del Estatuto Tributario), la diferencial del 5% para los bienes y servicios de los artículos 468-1 y 468-3, y el 0% para bienes exentos. Los bienes excluidos no causan IVA. Son las tarifas vigentes en 2026.

¿Debo cobrar IVA si vendo cosas usadas por internet?

Si vendes tus propios artículos usados como persona natural, en general no. El IVA lo cobran los responsables del impuesto; las personas naturales con ingresos por actividades gravadas por debajo de 3.500 UVT ($183.309.000 en 2026) que cumplen las condiciones del artículo 437 son no responsables.

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