Arriendo temporal por meses en Colombia: guía legal y de copropiedad para propietarios
Qué dice la Ley 820 sobre arriendos de 30 días o más, cuándo aplica el SIRE para inquilinos extranjeros, y qué puede y no puede hacer la administración de tu edificio.

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En resumen: arriendos de menos de 30 días = hospedaje turístico (Ley 2068 de 2020): exigen RNT, TRA y aportes a FONTUR. Arriendos de 30 días o más = vivienda urbana (Ley 820 de 2003): generalmente no requieren RNT ni FONTUR, salvo que se presten servicios de tipo hotelero. Punto clave: si el inquilino es extranjero, el arrendador debe reportarlo ante Migración Colombia a través del SIRE, independientemente de la duración del contrato (Decreto 1067 de 2015). Y aunque la copropiedad no puede prohibir el arriendo residencial, sí puede exigir el cumplimiento de sus normas internas (Ley 675 de 2001).
Si tienes un apartamento en Colombia, seguramente has notado el auge de extranjeros y nómadas digitales buscando dónde quedarse. Pero aquí viene el dolor de cabeza: las asambleas de copropietarios están prohibiendo las rentas cortas y las multas no perdonan. Sinceramente, yo me saltaría el estrés de pelear con la administración por un Airbnb de fin de semana. La verdadera oportunidad hoy es el arriendo temporal por meses (mediano plazo). Si quieres ver opciones reales en este momento, puedes ver apartamentos y casas en Colombia Move — publicar un anuncio básico es gratis.
La regla de los 30 días: ¿Renta corta turística o arriendo de vivienda urbana?
La frontera legal en Colombia se mide en días. Según la Ley 2068 de 2020 (Ley General de Turismo), si le entregas las llaves a alguien por 29 días o menos, estás prestando un servicio de hospedaje turístico. Esto te obliga a tener el RNT, reportar huéspedes en el SIRE turístico, llenar la Tarjeta de Registro de Alojamiento (TRA) y pagar contribuciones parafiscales a FONTUR.
Por el contrario, si el contrato es de 30 días en adelante, el encuadre legal cambia. Pasas a estar bajo la Ley 820 de 2003 (arrendamiento de vivienda urbana) o, en ciertos casos, el Código Civil (arriendo de temporada). Generalmente ya no aplica el RNT ni los aportes a FONTUR —siempre que no se ofrezcan servicios de tipo hotelero—. Pilas con intentar hacer "contratos de 29 días para saltarse la ley"; la norma es estricta y cualquier estancia menor a un mes te pone en el radar del Viceministerio de Turismo.
Propiedad Horizontal (Ley 675 de 2001): qué puede y qué no puede hacer la administración

Muchos propietarios me escriben frustrados porque el celador no deja entrar a sus inquilinos. Aquí hay que ser claros: la administración de una propiedad horizontal (regulada por la Ley 675 de 2001) solo puede restringir o prohibir las rentas turísticas si así lo decide la asamblea y queda estipulado en el reglamento.
Bajo la Ley 675 de 2001, la copropiedad no puede prohibirte arrendar tu inmueble para uso residencial por 30 días o más —ese derecho está respaldado por la Ley 820 de 2003—. Lo que sí está en su poder es exigir que los inquilinos cumplan el reglamento interno: protocolos de seguridad, registro de residentes, horarios de mudanza y normas de convivencia. En otras palabras: no pueden decirte que no arriendas, pero sí pueden pedirle a tu inquilino que se registre y siga las reglas del edificio. Eso sí, si decides publicar una oficina en arriendo, la normativa comercial tiene sus propios matices.
Operar rentas turísticas ilegales sí te puede salir carísimo: las multas por violar el reglamento llegan hasta 10 cuotas de administración sucesivas, o sanciones del Gobierno de hasta 2.000 salarios mínimos (el SMMLV en 2026 está en COP 1.750.905 según el Decreto de salario mínimo vigente).
La excepción que muchos olvidan: el reporte obligatorio al SIRE si el inquilino es extranjero
Aquí está el punto que casi nadie menciona y que puede generarte un serio problema con Migración Colombia: si tu inquilino es ciudadano extranjero, tienes la obligación legal de reportarlo ante Migración Colombia a través del Sistema de Información de Registro de Extranjeros (SIRE), sin importar si el contrato es de 30 días, 3 meses o un año. Esto aplica bajo el Decreto 1067 de 2015 y la Resolución 2357 de 2020, y es completamente independiente de la clasificación turística del inmueble.
No confundas este reporte migratorio con el SIRE de hospedaje turístico: en las rentas cortas, el SIRE forma parte del paquete completo (RNT + TRA + SIRE turístico). Pero la obligación migratoria del Decreto 1067 aplica a cualquier tipo de contrato de arrendamiento cuando el inquilino es extranjero. Si recibes un nómada digital por 2 meses o un pensionado retirado por 6 meses, el reporte al SIRE es obligatorio para ti como arrendador. El trámite se realiza directamente en el portal oficial de Migración Colombia (migracioncolombia.gov.co).
Ventajas de arrendar por meses (mediano plazo)
Más allá de quitarte de encima a la administración del edificio, el arriendo temporal a profesionales tiene beneficios muy prácticos. Tienes menor rotación de personas, lo que se traduce en menos desgaste de tus muebles y electrodomésticos, y te evitas el trabajo de estar coordinando limpieza cada dos días.
| Característica | Renta Corta (< 30 días) | Arriendo Temporal (30+ días) |
|---|---|---|
| Regulación | Ley 2068 de 2020 (Turismo) | Ley 820 de 2003 (Vivienda) |
| RNT Obligatorio | Sí | No (salvo servicios hoteleros) |
| Reporte SIRE | Sí (hospedaje turístico) | Solo si el inquilino es extranjero (Decreto 1067 de 2015) |
| Copropiedad | Puede restringirlo por reglamento de asamblea | No puede prohibir el arriendo; sí exige normas internas (Ley 675/2001) |
| Aportes FONTUR | Sí | No |
La demanda supera la oferta: un dato clave del mercado
Si te preguntas si realmente hay gente buscando alquilar por dos o tres meses, la respuesta es un rotundo sí. Según los anuncios y métricas en Colombia Move (junio 2026), 9 búsquedas recientes en el marketplace no encontraron resultados en esta categoría. Hay extranjeros y profesionales locales buscando activamente, pero la oferta es bajísima: actualmente solo hay 1 anuncio activo de arriendos temporales frente a un objetivo de 8 para cubrir la demanda inicial. Es un mercado desatendido donde tu inmueble puede destacar rápidamente y sin tanta competencia.
Cómo publicar tu arriendo temporal y filtrar inquilinos
Si ya decidiste irte por el camino seguro del mediano plazo, el siguiente paso es mostrar tu apartamento. Puedes publicarlo en la sección de vivienda o directamente en arriendos temporales por ciudad. Te recomendamos revisar nuestra guía sobre cómo publicar un arriendo gratis en Colombia para sacar el máximo provecho del anuncio.
A diferencia de las agencias tradicionales que te quitan un mes de canon, en Colombia Move publicar un anuncio básico es gratuito y la plataforma no cobra comisión de intermediación sobre el arriendo. Revisa siempre los términos y condiciones vigentes para conocer las opciones premium disponibles. Es el mismo modelo transparente que explicamos en la guía sobre dónde vender cosas usadas en Colombia: tú controlas el trato y el dinero.
También te puede interesar: cómo publicar un arriendo temporal con fotos y descripción que filtran curiosos — guía práctica desde el primer contacto.
Preguntas frecuentes
❓ ¿Se necesita el Registro Nacional de Turismo (RNT) para arrendar por meses en Colombia?
Generalmente no. Los contratos de arrendamiento de vivienda urbana por 30 días o más bajo la Ley 820 de 2003 no requieren RNT ni aportes a FONTUR, siempre que no se ofrezcan servicios de tipo hotelero (limpieza diaria, recepción, etc.). El RNT y los aportes a FONTUR aplican únicamente a prestadores de servicios turísticos clasificados como hospedaje bajo la Ley 2068 de 2020. Si tienes dudas sobre tu caso específico, consulta con un contador o abogado.
❓ ¿Debo reportar a mis inquilinos extranjeros en el SIRE si el arriendo es por meses?
Sí, es obligatorio. Bajo el Decreto 1067 de 2015 y la Resolución 2357 de 2020, cualquier arrendador que aloje a un ciudadano extranjero en Colombia debe reportarlo ante Migración Colombia a través del sistema SIRE, independientemente de la duración del contrato. Esta obligación migratoria aplica tanto a contratos de mediano plazo (30+ días) como a contratos largos, y es distinta del reporte turístico que aplica en hospedajes de menos de 30 días.
❓ ¿Puede la administración de mi edificio prohibirme arrendar por meses?
Un arriendo residencial de 30 días o más no debe tratarse como hospedaje turístico solo por ser temporal, pero debes revisar el reglamento de propiedad horizontal de tu edificio. El artículo 9 de la Ley 820 de 2003 obliga al inquilino a cumplir esas normas internas; el artículo 8 te exige entregarle la parte pertinente al inicio del contrato. Si el reglamento prohíbe el arriendo residencial (no solo el turístico), consulta con un abogado antes de proceder.
❓ ¿Cuánto cuesta publicar un apartamento en arriendo en Colombia Move?
Publicar un anuncio básico en Colombia Move es gratuito y la plataforma no cobra comisión de intermediación sobre el canon de arrendamiento. Te recomendamos revisar siempre los términos y condiciones vigentes de la plataforma para conocer las opciones disponibles. El contacto entre arrendador e inquilino se realiza directamente sin intermediarios.
❓ ¿Cómo puedo evitar inquilinos problemáticos o estafas al arrendar por meses?
No pidas depósito en efectivo ni caución real: el artículo 16 de la Ley 820 de 2003 los prohíbe en arrendamientos de vivienda urbana. Para reducir el riesgo, trabaja con contrato escrito, valida identidad y referencias, verifica solvencia, y firma un inventario con fotos al inicio. Si los servicios quedan a cargo del inquilino, revisa el artículo 15 de la Ley 820 para la figura aplicable. Consulta también nuestra guía sobre cómo publicar con fotos y descripción que filtran curiosos para atraer solo inquilinos serios.
❓ ¿Dónde y cómo publicar mi apartamento para arriendo temporal en Colombia?
Publica directamente en la sección de vivienda de Colombia Move (colombiamove.com/seccion/vivienda) — un anuncio básico es gratuito según los términos vigentes de la plataforma. Sube fotos nítidas de cada espacio, indica el valor mensual con servicios incluidos y deja claro que la estancia mínima es de 30 días para filtrar a turistas de paso. Consulta la guía completa en cómo publicar un arriendo gratis en Colombia para los detalles del proceso paso a paso.







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