Cómo vender camiones y volquetas usadas en Colombia: cupo, chatarrización y traspaso en el RUNT
Un camión matriculado se traspasa; el cupo no se vende suelto. Qué revisar en el RUNT, qué firma el comprador si hay omisión y cuándo chatarrizar.

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Un dueño de volqueta me lo resumiría así: "Me llaman veinte curiosos y ninguno pregunta por los papeles". Y el comprador serio hace justo lo contrario: lo primero que mira es si la matrícula está limpia. Este artículo es para el que quiere vender un camión, una volqueta o un tractocamión ya matriculado sin enredarse con la palabra "cupo".
Respuesta corta: vender un vehículo de carga ya matriculado es un traspaso de esa matrícula. El cupo no es un activo aparte que usted venda suelto, y chatarrizar no es vender.
Un camión usado se traspasa; un cupo nuevo no se vende suelto
Según el Decreto 1017 de 2025 (del 21 de septiembre de 2025, que modifica el Decreto 1079 de 2015), el registro inicial de un vehículo nuevo de carga, público o particular, con PBV igual o superior a 3,5 toneladas, se hace ante cualquier organismo de tránsito solo de dos maneras: por reposición de un vehículo de carga del mismo servicio que fue desintegrado, quedó en pérdida total o fue hurtado, o pagando el 25% del valor comercial antes de IVA al FOPAT.
Ese 25% y la reposición pertenecen al ingreso de un vehículo nuevo. Su camión usado ya entró hace tiempo: venderlo es un traspaso y, por sí solo, no lo obliga a pagar ese 25%. Una excepción: si el trámite junta traspaso y cambio de servicio oficial a particular de carga, el adquirente debe acreditar las condiciones de registro inicial del artículo 2.2.1.7.7.2.
Pilas con los mensajes de chat que ofrecen "vender el cupo", "destrabar un camión congelado" o "meterlo al pago de chatarrización" por un anticipo. Eso no es un canal del Ministerio. En su comunicado del 2 de marzo de 2026 sobre la mesa FOPAT de carga liviana y volquetas, MinTransporte dijo que ningún funcionario o tercero está autorizado a cobrar por ese trámite.
Una nota de territorio: los vehículos de carga de 3,5 t o más matriculados en San Andrés, Providencia y Santa Catalina quedan por fuera del programa de modernización, no pueden prestar servicio fuera del archipiélago ni trasladar la cuenta a otro organismo de tránsito. No es sitio para matricular un camión de trabajo continental.
Qué mirar en el RUNT antes de publicar la placa
Antes de poner la placa en un aviso, revise lo mismo que revisará el comprador. La consulta ciudadana del RUNT por placa pide la placa y el documento del propietario, y muestra lo que reportaron los actores. Si algo está mal, la corrección se pide al organismo de tránsito donde está matriculado, no en el RUNT. Si no tiene el documento del propietario, el histórico vehicular se pide solo con la placa, pero es un documento de pago y no trae datos de ubicación del dueño (verifica la tarifa vigente en el RUNT). Para la consulta con cédula, vea la guía de consulta RUNT por cédula, y para prendas y embargos, el historial y certificado de tradición.
Confirme estos puntos:
- Estado activo, servicio (público o particular) y PBV.
- SOAT y revisión técnico-mecánica vigentes: se miran en la consulta por placa, no en un PDF que circula por WhatsApp.
- Gravámenes o limitaciones: si hay prenda, necesita autorización de quien la tiene.
- Omisiones del registro inicial. Si el vehículo pesa más de 10.500 kg, el organismo de tránsito valida en el RUNT que exista autorización de registro inicial del Ministerio de Transporte.
Para la parte mecánica y el peritaje, mire la guía de papeles y peritaje de camión; aquí no la repito.

Cómo queda el traspaso y qué firma el comprador si hay omisión
El traspaso se radica en el organismo de tránsito donde el vehículo está matriculado; la sede del RUNT en Bogotá no es esa ventanilla. La secuencia ordinaria está en la guía paso a paso de traspaso; en camiones y volquetas el paso extra es la autorización de registro inicial.
Según la Resolución compilatoria 20223040045295 de 2022 (art. 5.3.2.1), el traspaso exige:
- Vendedor y comprador inscritos en el RUNT.
- Documento de transferencia con código QR.
- Certificación de guarismos o improntas.
- Ausencia de limitaciones o autorización de quien tenga el gravamen.
- SOAT y RTM vigentes en el RUNT.
- Paz y salvo de multas por la interoperabilidad SIMIT–RUNT.
- Validación del pago de retención en la fuente y del impuesto del vehículo.
No le voy a dar cifras de derechos ni de retención: pida la liquidación al organismo de tránsito y, para la retención, a la DIAN o a ese organismo.
¿Y si hay una omisión sin subsanar? Según la Resolución 20233040017145 de 2023, el dueño puede traspasar con una autorización escrita del comprador que acepta seguir a pesar de la omisión. Ojo: esa firma no lo exonera de normalizar ni frena las acciones de la autoridad. El instructivo del RUNT (versión de noviembre de 2024), citando la Resolución 3913 del 27 de agosto de 2019, describe tres vías de normalización para omisiones de matrículas entre el 2 de mayo de 2005 y la vigencia de esa resolución: desintegrar otro vehículo de carga del mismo servicio con las equivalencias, pagar la caución indexada, o usar un certificado de cumplimiento de requisitos.
Cumplidos los requisitos, el organismo registra al nuevo propietario y expide la nueva licencia de tránsito. Hasta ese registro, el dueño inscrito sigue siendo usted. Por eso no entregue la licencia de tránsito antes de radicar el traspaso.
Chatarrizar no es vender
Desintegrar el vehículo lo cancela. Sirve como salida cuando nadie lo compra o como respaldo para una reposición. Cómo se cancela la matrícula después está en la guía de cancelación de matrícula y chatarrización.
Dos reglas de equivalencia del Decreto 1017 que ayudan a entender el negocio:
- Más de 10.500 kg: si el vehículo nuevo es de la misma configuración o menor y el desintegrado también supera 10.500 kg, la equivalencia es uno a uno, sin mirar la capacidad de carga.
- Entre 3.500 y 10.500 kg: el PBV, o la suma de PBV, de lo desintegrado debe ser el 100% del PBV del vehículo nuevo según la ficha de homologación. Los remanentes no se guardan para otra reposición.
Para la configuración superior, el conteo está en el decreto (art. 2.2.1.7.7.3, modificado); no lo copio incompleto.
Sobre el reconocimiento económico: la Resolución 20243040001165 de 2024 habla de 60% o 90% del reconocimiento por desintegración física total con fines de reposición. El propietario postula el vehículo en el RUNT y la atención depende de los recursos disponibles y del orden cronológico. Pide, entre otras cosas, servicio público activo, SOAT y RTM por al menos dos años dentro de los nueve anteriores, estar libre de gravamen y un PBV superior a 10.500 kg. Excluye ciertos casos, como haber cambiado desde el 1 de enero de 2008 una carrocería de volqueta, mixer, compactador o blindado de valores a vehículo de carga. No es una lista de precios; revise las condiciones completas en la resolución.
Desintegre solo en una entidad con resolución de registro del Ministerio y certificación ambiental vigente. Si no aparece en el listado oficial de MinTransporte, no la presente como autorizada.
Volquetas y carga de 3,5 a 10,5 toneladas
La Resolución 20263040015655, expedida el 27 de abril de 2026, reglamenta el registro inicial de vehículos nuevos de 3.500 a 10.500 kg y de volquetas. El 25% se calcula sobre el vehículo completo, o sobre chasis con motor más carrocería, sin IVA. Esas reglas aplican desde el 1 de julio de 2026 si el RUNT ya tiene la funcionalidad, o antes si una circular externa de la Dirección de Transporte y Tránsito avisa que está habilitada. Hay carrocerías especiales exentas del 25% (el artículo nombra, por ejemplo, ambulancia y casa rodante); la lista sigue en la resolución.
Fechas que no debe mezclar: el 2 de marzo de 2026 el Ministerio dijo que el programa de incentivos para carga liviana y volquetas seguía en estructuración, sin convocatoria abierta. El 17 de julio de 2026 el RUNT citó solo a organismos de tránsito a una socialización el 22 de julio sobre reposición y registro inicial de 3.500–10.500 kg, lo que no prueba que el módulo ciudadano estuviera abierto ese día. Antes de escribir en su aviso que hay convocatoria, confirme el módulo vigente en el RUNT.
Y una volqueta usada ya matriculada sigue siendo un traspaso. Lo que cambia es la historia de su carrocería: un cambio de carrocería registrado puede cerrarle la puerta al incentivo, así que dígalo con honestidad.
Qué escribir en el aviso para que escriba un transportador y no un curioso
Según los anuncios activos en Colombia Move (26 de octubre de 2026), la categoría de camiones tiene un solo anuncio activo, y es un arriendo: no hay casi oferta de camiones en venta. Un aviso claro se distingue rápido.
- Placa, configuración y PBV.
- Servicio: público o particular, y año de matrícula.
- Fotos del vehículo trabajando, de la cabina, del platón o carrocería y de los papeles tapando datos personales.
- Prenda, embargo u omisión del registro inicial, dicho de frente.
- Quién paga multas e impuesto pendientes.
- Si permite revisión mecánica antes de cerrar.
- Precio: su precio pedido. Quién paga el flete del vehículo se negocia; no hay tarifa oficial.
Sobre la comisión: no hay sorpresas que pagarle a un intermediario por contactar al comprador. Explore también la sección de vehículos.
Preguntas frecuentes
❓ ¿Vender el camión usado me obliga a pagar el 25% del FOPAT?
No. Ese 25% es para el registro inicial de un vehículo nuevo de carga, no para traspasar uno ya matriculado. Si el trámite junta traspaso y cambio de servicio oficial a particular, el adquirente sí debe acreditar las condiciones de registro inicial (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿El cupo viaja con la volqueta?
El comprador recibe la matrícula existente, no un cupo separable. Si falta la autorización de registro inicial, esa omisión puede viajar con el vehículo, y la firma del comprador no borra la obligación de normalizar (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Puedo traspasar si el RUNT muestra una omisión?
Sí, si el comprador autoriza por escrito seguir a pesar de la omisión y se cumplen los demás requisitos. Después, el nuevo dueño debe normalizar: desintegrar un equivalente, pagar la caución indexada o usar un certificado de cumplimiento, según la Resolución 3913 de 2019 (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Chatarrizar es una forma de vender?
No. Desintegrar cancela el vehículo y puede respaldar una reposición o un reconocimiento económico. Los porcentajes verificados con reposición son 60% o 90% del reconocimiento, y el pago depende de los recursos disponibles y del orden cronológico (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Cuánto cuesta traspasar un camión?
No hay una cifra nacional única que pueda darle con certeza. El organismo de tránsito donde está matriculado liquida los derechos, y el pago de la retención y del impuesto del vehículo se valida en el trámite. Pida la liquidación antes de pactar quién paga qué (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Cómo vendo de forma segura y evito estafas?
Verifique todo en el RUNT, no entregue la licencia de tránsito antes de radicar el traspaso y desconfíe de quien pida anticipos por "vender el cupo" o entrar a chatarrización. El Ministerio dijo en marzo de 2026 que nadie puede cobrar por ese trámite (verifica en la fuente oficial).
❓ ¿Dónde publico mi camión o volqueta usada para venderla?
Puede publicarla en la categoría de camiones de Colombia Move, con placa, PBV, servicio, fotos y estado en el RUNT, junto a otros avisos de vehículos. También sirven grupos de transportadores y sitios generales, pero allí es más difícil filtrar curiosos.






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