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Topes al Cobro por Reconexión de Telecomunicaciones en Colombia: Normativa de la CRC y Ley 2485

La Ley 2485 de 2025 y la Resolución CRC 8255 de 2026 fijaron límites estrictos a los cobros por reconexión de internet, TV y celular en Colombia. Te explicamos los topes máximos y cómo reclamar.

Escritorio en un hogar colombiano con celular y módem de internet de fibra óptica recibiendo luz natural.

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Durante años, retrasarse unos días en el pago de la factura de internet o telefonía móvil en Colombia significaba recibir un cobro desproporcionado por reconexión. Las empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones llegaban a facturar entre $30.000 y $40.000 COP por reactivar una señal que, en la mayoría de los casos, se habilita mediante un simple comando digital desde un sistema central. Esta práctica generaba un impacto financiero injustificado en los hogares y trabajadores independientes del país.

Para poner fin a estos cobros abusivos, el Congreso de la República y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) establecieron un marco regulatorio estricto que limita de forma drástica el valor que los operadores pueden exigir a los usuarios. A través de la Ley 2485 de 2025 y la posterior Resolución CRC 8255 de 2026, los costos por reconexión cayeron hasta en un 97%, reflejando únicamente los costos técnicos reales del procedimiento.

En este artículo te explicamos en detalle cómo funcionan estos topes legales, cuáles son los topes máximos permitidos para celular e internet de hogar, y qué pasos debes seguir si tu operador intenta incluir valores adicionales en tu factura.

El Marco Legal: Ley 2485 de 2025 y Resolución CRC 8255 de 2026

El cambio normativo comenzó con la sanción de la Ley 2485 de 2025 (promulgada el 16 de julio de 2025), la cual adicionó un parágrafo al artículo 23 de la Ley 1341 de 2009 (Ley de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o Ley TIC). Esta ley ordenó expresamente a la CRC definir techos tarifarios para la suspensión y reconexión de los servicios, garantizando que el precio cobrado al usuario corresponda únicamente a los costos eficientes técnicos y operativos en los que incurre la empresa.

En cumplimiento de este mandato legal, la Comisión de Regulación de Comunicaciones expidió la Resolución CRC 8255 de 2026 el 16 de junio de 2026, fijando la fecha límite de implementación obligatoria para el 17 de julio de 2026. A partir de esa fecha, ningún proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones (PRST) en Colombia puede cobrar por encima de los límites fijados por la regulación vigente.

Topes máximos autorizados por tipo de servicio

El criterio central de la CRC para determinar estos topes es la distinción entre procesos automatizados (remotos) y reconexiones que requieren presencia física. Dado que la telefonía móvil y la mayoría de conexiones modernas de internet por fibra óptica se restablecen de forma digital e inmediata, los costos operativos son mínimos.

A continuación se detallan los montos máximos autorizados que los operadores pueden transferir al usuario en sus facturas:

Tipo de ServicioProveedor / CoberturaTope Máximo Permitido (Sin IVA)
Telefonía Celular y MóvilTodos los operadores nacionales$285 COP
Internet Fijo, TV y Tel. FijaGrandes operadores (Claro, Movistar, Tigo, ETB, WOM, etc.)$1.232 COP
Internet Fijo, TV y Tel. FijaPequeños prestadores u operadores locales$10.269 COP

Como se observa en la tabla, la reconexión de un servicio de telefonía celular suspendido por falta de pago no puede superar los $285 COP. En el caso de los servicios fijos de hogar contratados con los principales operadores del país, el tope es de $1.232 COP, dejando un margen máximo de $10.269 COP únicamente para empresas cableras o locales de menor tamaño que demuestren costos operativos superiores.

Mujer con el rostro completo a la vista sostiene un celular y revisa una pantalla de confirmación de pago.
Revisar en el celular el cobro de reconexión antes de confirmar el pago.

Sigue leyendo: Si estás eligiendo o cambiando plan de hogar, compara internet hogar en Colombia: Claro, Movistar, Tigo y WOM.

Lo que los Operadores NO Pueden Cobrarte

Uno de los puntos clave de la Resolución CRC 8255 de 2026 es la delimitación de lo que constituye un costo legítimo de reconexión. La normativa prohíbe de manera explícita que las empresas camuflen otros gastos administrativos dentro del rubro de restablecimiento de señal.

Al revisar tu factura de telecomunicaciones, ten en cuenta las siguientes prohibiciones legales:

  • No a los gastos de cobranza: Los operadores no pueden sumar honorarios de gestión de cobranza, llamadas de seguimiento comercial ni envío de cartas intimidatorias dentro del cobro de reconexión.
  • No a penalizaciones disfrazadas: El cobro debe responder exclusivamente al costo operativo de reactivar el servicio, no a una multa o sanción por pago extemporáneo.
  • Cobro condicionado a la suspensión real: Si pagaste tu factura antes de que el servicio fuera efectivamente cortado o suspendido en el sistema, el operador no tiene derecho a cobrarte ningún valor por concepto de reconexión.

Diferencia Entre Telecomunicaciones y Servicios Públicos Domiciliarios

Es indispensable evitar confusiones entre los servicios de telecomunicaciones (internet, celular, televisión) y los servicios públicos domiciliarios esenciales (agua, alcantarillado, energía eléctrica y gas natural).

La Ley 2485 de 2025 y la Resolución CRC 8255 rigen exclusivamente para el sector de las telecomunicaciones. Los servicios de agua, luz y gas continúan regulados bajo el esquema de la Ley 142 de 1994 y la vigilancia de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios).

Para conocer cómo funcionan los cortes, reinstalaciones y el cobro de reconexión en servicios públicos en Colombia bajo el marco de la Superservicios, es necesario revisar las fórmulas tarifarias específicas de cada comisión reguladora (CRA y CREG). Asimismo, si vives en un inmueble arrendado y deseas evitar disputas con tu arrendador por mora en el pago de facturas, te recomendamos consultar nuestra guía sobre garantías de servicios públicos en contratos de arrendamiento.

Sigue leyendo: Agua, luz y gas no entran en estos topes de la CRC. Revisa el cobro de reconexión en servicios públicos bajo la Superservicios.

Pasos para Reclamar ante la SIC si te Cobran de Más

Si recibes una factura con un cobro por reconexión superior a $285 COP en tu celular o $1.232 COP en tu servicio fijo de hogar (con un gran operador), no estás obligado a asumir dicho valor ilegal. La Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) y la regulación de la CRC te protegen frente a estos cobros infundados.

Sigue este procedimiento para interponer tu reclamo:

  1. Presenta una PQR ante tu operador: Radica una Petición, Queja o Recurso (PQR) a través de los canales oficiales de atención de tu empresa de telecomunicaciones (app, teléfono o punto presencial). Solicita explícitamente el reajuste de la factura citando la Resolución CRC 8255 de 2026 y la Ley 2485 de 2025.
  2. Conserva el número de radicado: El operador tiene un plazo legal de 15 días hábiles para responder a tu solicitud.
  3. Acude a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC): Si el operador rechaza tu PQR o no responde en el término legal, puedes presentar un recurso de apelación para que la Delegatura para la Protección del Consumidor de la SIC investigue el caso y ordene la devolución del dinero cobrado en exceso.

Preguntas frecuentes

❓ ¿Cuánto es lo máximo que me pueden cobrar por la reconexión de celular en Colombia?

El valor máximo permitido por la CRC para reconectar el servicio de telefonía celular es de $285 COP (antes de IVA). Cualquier valor superior cobrado en tu factura contraviene la Resolución CRC 8255 de 2026 y puede ser reclamado ante el operador.

❓ ¿Cuál es el tope legal de reconexión para internet de hogar y televisión?

Para la mayoría de grandes operadores en Colombia, la reconexión de internet fijo, telefonía fija y TV por suscripción no puede superar los $1.232 COP. Únicamente los operadores locales o de menor tamaño tienen un tope autorizado de hasta $10.269 COP.

❓ ¿La Ley 2485 aplica para reconexión de agua, energía o gas?

No, la Ley 2485 de 2025 regula exclusivamente los servicios de telecomunicaciones e internet. Los servicios públicos domiciliarios como energía, agua y gas se rigen bajo la Ley 142 de 1994 y la supervisión de la Superservicios.

❓ ¿Pueden cobrarme gastos de cobranza o moratorios en el cobro de reconexión?

No, la normativa prohíbe explícitamente incluir gastos de gestión de cobranza o seguimiento comercial en el cobro de reconexión. El valor solo debe reflejar el costo operativo eficiente de restablecer la señal.

❓ ¿Desde cuándo son obligatorios estos topes de reconexión de la CRC?

Los topes fijados en la Resolución 8255 de la CRC entraron en vigencia obligatoria en todo el territorio colombiano el 17 de julio de 2026. Todos los operadores deben ajustar sus facturas a esta normativa desde esa fecha.

❓ ¿Qué debo hacer si mi operador me cobra un valor superior al permitido?

Debe radicar una Petición, Queja o Recurso (PQR) ante su operador citando la Res. CRC 8255 de 2026 para exigir la corrección de la factura. En caso de no obtener una respuesta favorable, puede elevar la queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

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