Cómo Sacar y Actualizar el RIT en Bogotá: Guía Paso a Paso en la Secretaría de Hacienda
Guía completa para tramitar, actualizar y descargar el Registro de Información Tributaria (RIT) en Bogotá ante la Secretaría Distrital de Hacienda sin intermediarios.

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Empezar a cobrar cuentas de cobro como profesional independiente o abrir las puertas de un negocio en Bogotá trae consigo varias responsabilidades tributarias que no dan espera. Aunque la mayoría de personas tramita de inmediato su registro nacional ante la DIAN, muchos pasan por alto el registro distrital y terminan enfrentando requerimientos innecesarios de la administración tributaria de la capital.
Qué es el RIT y por qué es obligatorio si generas ingresos en Bogotá
El Registro de Información Tributaria (RIT) es el mecanismo de identificación, ubicación y clasificación de los contribuyentes de los tributos administrados por el Distrito Capital. A diferencia del Registro Único Tributario (RUT), administrado a nivel nacional por la DIAN para tributos como Renta e IVA, el RIT opera exclusivamente bajo la jurisdicción de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá para vigilar el cumplimiento del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), avisos y tableros, y sobretasa bomberil.
Están obligados a inscribirse en el RIT todas las personas naturales o jurídicas que realicen actividades industriales, comerciales o de servicios de forma permanente u ocasional dentro del territorio de Bogotá D.C. Esto incluye a los profesionales independientes que cobran por honorarios o servicios técnicos, a los contratistas de entidades públicas o privadas domiciliadas en la ciudad, y a cualquier comerciante con o sin establecimiento abierto al público.
Existen dos modalidades principales de registro dentro del sistema distrital:
- RIT Contribuyente: Identifica a la persona natural o jurídica como sujeto pasivo directo de los tributos distritales.
- RIT Establecimiento de Comercio: Identifica cada local, oficina, bodega o consultorio físico donde se desarrollan las actividades económicas en la ciudad.
Plazos legales: la regla de los dos meses para evitar sanciones en el ICA
El Decreto Distrital 807 de 1993 y sus resoluciones reglamentarias fijan con claridad el cronograma para el registro: los contribuyentes cuentan con un plazo máximo de dos (2) meses calendario, contados a partir del inicio efectivo de actividades gravadas con ICA en Bogotá, para formalizar su inscripción en el RIT.
No realizar este trámite dentro del término legal o no reportar oportunamente novedades como el cambio de domicilio fiscal o la clausura de operaciones acarrea sanciones pecuniarias distritales tasadas en Unidades de Valor Tributario (UVT), las cuales pueden superar con creces la sanción mínima fijada por el Estatuto Tributario Distrital. En materia fiscal, dejar vencer los plazos suele ser el error más costoso para quienes inician proyectos por cuenta propia, una realidad similar a la que enfrentan los empleadores con el régimen sancionatorio general distrital y nacional.
Requisitos previos antes de solicitar el RIT

Antes de acudir a un SuperCADE o iniciar la solicitud virtual, debes tener a mano la siguiente documentación en formato digital legible o copia física:
- Documento de identidad: Cédula de ciudadanía para colombianos o cédula de extranjería vigente si eres residente extranjero.
- RUT de la DIAN actualizado: Es el prerrequisito indispensable. El RUT debe tener registrados los códigos de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) correspondientes a las labores que vas a desempeñar en la capital. Si aún no cuentas con este documento nacional, debes realizar primero el trámite de inscripción virtual al RUT en la DIAN.
- Formato oficial de solicitud de inscripción o novedades: Formulario de la Secretaría Distrital de Hacienda debidamente diligenciado si optas por la vía presencial o por radicación web escrita.
- Poder o carta de autorización: Únicamente exigible si el trámite lo ejecuta un tercero en tu nombre, adjuntando la copia del documento de identidad del apoderado.
Es importante señalar que para comerciantes que formalizan su matrícula mercantil a través de la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB), la inscripción al RIT suele procesarse de forma automática gracias al cruce interoperable de la Ventanilla Única Empresarial. No obstante, los profesionales independientes que prestan servicios no comerciales deben tramitar su registro de manera directa e independiente ante la Secretaría de Hacienda.
Paso a paso para sacar el RIT por primera vez (Canal Virtual y Presencial)
La Secretaría Distrital de Hacienda ofrece dos vías principales para gestionar la inscripción inicial, dependiendo de la urgencia con la que requieras el documento.
Vía presencial en la Red SuperCADE (Entrega inmediata)
Si necesitas tu certificado con urgencia para presentar una cuenta de cobro o firmar un contrato, la opción presencial es la más ágil:
- Acércate al módulo de atención de la Secretaría Distrital de Hacienda en cualquiera de los SuperCADE habilitados de Bogotá (CAD Carrera 30, Suba, Bosa, Américas, Calle 13 o 20 de Julio).
- No requieres agendamiento previo de cita; la atención se realiza por orden de llegada con turno digital en sala.
- Presenta tu cédula original y la copia de tu RUT DIAN actualizado.
- El funcionario validará tus datos, radicará la información en el sistema distrital y te entregará el certificado oficial del RIT impreso de forma inmediata y gratuita.
Vía virtual mediante el portal de la SDH
Para quienes prefieren autogestionar el trámite desde su oficina o casa:
- Ingresa al portal institucional de la Secretaría de Hacienda (haciendabogota.gov.co) y selecciona la sección de Trámites.
- Ubica la opción Registro, modificación y/o cancelación del RIT y diligencia el formulario web de radicación electrónica.
- Adjunta en formato PDF tu documento de identidad y el RUT actualizado.
- Una vez radicado, el sistema asignará un número de radicado virtual. La entidad cuenta con un tiempo de respuesta estimado de hasta 15 días hábiles para validar la información y enviarte la constancia de inscripción al correo electrónico registrado.
Cómo actualizar datos y descargar el certificado del RIT en minutos
Si ya estás inscrito en el padrón distrital y simplemente requieres una copia actualizada o necesitas reportar una novedad, no tienes que hacer filas ni esperar días de respuesta. La Secretaría de Hacienda dispone de la plataforma Nueva Oficina Virtual.
- Ingresa al portal nuevaoficinavirtual.shd.gov.co con tu tipo de documento, número de identificación y contraseña registrada. Si no tienes cuenta activa, puedes crearla en pocos minutos utilizando tu correo registrado en el RUT.
- En el menú principal de servicios, selecciona la pestaña Mi RIT.
- Para obtener el documento vigente, haz clic en la opción Certificación RIT. El sistema generará automáticamente un archivo PDF oficial firmado digitalmente por la administración distrital.
- Si necesitas reportar novedades —como cambio de dirección, adición o retiro de códigos de actividad económica CIIU, o cese de actividades—, selecciona la opción de Actualización de datos RIT, carga el soporte que justifique la novedad y confirma la modificación.
El RIT al operar una oficina o local comercial en Bogotá
Al momento de alquilar un inmueble comercial, abrir un consultorio o adecuar una oficina en la ciudad, las obligaciones tributarias distritales se extienden al espacio físico. En estos casos, la ley exige abrir el RIT Establecimiento de Comercio asociado a la dirección física del predio comercial, matriculando el número de matrícula mercantil y la nomenclatura exacta del inmueble.
Elegir el lugar de trabajo adecuado en Bogotá representa una de las decisiones financieras más importantes para cualquier emprendimiento. Según los anuncios activos en Colombia Move (septiembre 2026), existe una oferta en consolidación con 8 oficinas y 6 locales comerciales disponibles directamente por sus propietarios, lo que permite a profesionales y empresas arrendar sin comisiones de intermediarios y acordar términos de ocupación claros antes de radicar novedades en su registro distrital.
Preguntas frecuentes
❓ ¿Cuál es la diferencia exacta entre el RUT y el RIT en Bogotá?
El RUT lo emite la DIAN a nivel nacional para Renta e IVA. El RIT lo expide la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá para identificar a los contribuyentes del ICA, según la normativa distrital vigente en 2026.
❓ ¿Cuánto cuesta el trámite de inscripción o actualización del RIT?
El trámite es totalmente gratuito tanto en los canales virtuales de la Secretaría Distrital de Hacienda como en los módulos presenciales de la red SuperCADE. No requiere tramitadores ni pagos adicionales, según el procedimiento vigente en 2026.
❓ ¿Cuánto tiempo tengo para inscribirme al RIT tras comenzar actividades?
La normativa tributaria distrital otorga un plazo máximo de dos meses calendario. Ese término se cuenta desde la fecha de inicio de operaciones o cobro del primer contrato de servicios, según las reglas vigentes en 2026.
❓ ¿Es seguro tramitar el RIT sin intermediarios y qué pasa si no me inscribo a tiempo?
Sí: el trámite oficial es gratuito y no requiere tramitadores. Si no te inscribes a tiempo, la Secretaría de Hacienda puede aplicar sanciones tasadas en UVT según el Estatuto Tributario Distrital, con fuente en la normativa distrital actualizada.
❓ ¿Si registré mi empresa en la Cámara de Comercio debo sacar el RIT por separado?
Habitualmente no es necesario, pues la Cámara de Comercio de Bogotá cuenta con interoperabilidad y cruce automático con la Secretaría de Hacienda. Aun así, se aconseja verificar en la Oficina Virtual que los datos se hayan cargado correctamente.
❓ ¿Dónde puedo descargar el certificado del RIT si ya estoy registrado?
Se descarga de forma inmediata en la Nueva Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda (nuevaoficinavirtual.shd.gov.co). Entra al menú Mi RIT y pulsa la opción Certificación RIT, según el canal digital vigente en 2026.







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