Inventario de entrega en arriendo: la parte que todos olvidan
El inventario de entrega es la cláusula invisible del contrato. Sin él, cualquier disputa sobre el depósito termina siendo la palabra de uno contra la del otro. Así es cómo lo hacés bien.

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Cuando mi cuñada firmó su primer contrato de arriendo en Bogotá, el propietario le dijo que el apartamento “estaba impecable” y que no había necesidad de hacer inventario. Tres meses después, al mudarse, le retuvieron $800.000 del depósito por una raya en la pared de la habitación de atrás. No había fotos de entrada. No había acta. No había manera de demostrar que esa raya ya estaba cuando llegó.
El inventario de entrega —también llamado acta de entrega o acta de entrega y recibido— es el documento que describe el estado del inmueble en el momento de entrar y salir. Es la prueba que protege al inquilino de daños que no cometió, y que protege al propietario de inquilinos que de verdad deterioren el inmueble. Sin él, cualquier disputa sobre el depósito termina siendo la palabra de uno contra la del otro. Casi siempre pierde el inquilino. Si quieres ver opciones reales en este momento, puedes ver apartamentos y casas en Colombia Move — publicar es completamente gratis.
Esta guía explica qué debe tener un inventario, cómo hacerlo bien, y qué hacer si el propietario se niega. Si todavía estás buscando apartamento y querés revisar los aspectos legales del contrato antes de firmar, leé también Cómo revisar un contrato de arriendo en Colombia.
Lo que tenés que saber primero
- El inventario describe el estado del inmueble al entrar y al salir — se comparan ambos
- Debe firmarse por ambas partes: propietario (o inmobiliaria) y arrendatario
- Sin inventario, no podés probar que los daños ya existían antes de que llegaras
- Incluí fotos con fecha + descripción escrita de cada habitación y electrodoméstico
- No es obligatorio por ley, pero es la prueba clave en cualquier disputa de depósito
¿Qué es exactamente el inventario de entrega?
El inventario de entrega es un documento que describe el estado físico y funcional del inmueble en el momento en que se hace entrega de las llaves. Puede ser una lista escrita, una tabla, un formulario con casillas o incluso un correo electrónico formal — lo que importa es que quede documentado y que ambas partes lo firmen o confirmen por escrito.
Se hace dos veces. A la entrada, cuando el propietario entrega las llaves al inquilino: este inventario establece la línea de base. Todo lo que esté en mal estado queda registrado y no puede ser cobrado al inquilino al salir. A la salida, cuando el inquilino devuelve las llaves: este inventario se compara con el de entrada. Solo se pueden cobrar los daños que aparezcan ahora y que no estuvieran registrados antes, y solo los que superen el desgaste normal por uso.
La Ley 820 de 2003 no exige formalmente el inventario en todos los contratos de arriendo de vivienda urbana, pero sí regula que el arrendador no puede cobrar daños que no pueda probar que ocurrieron durante el arriendo. El inventario es esa prueba.
Por qué importa más de lo que parece
Aquí está el problema práctico: cuando no hay inventario, el poder está completamente del lado del propietario. Si al salir aparece una mancha en el techo, un vidrio fisurado o una puerta que ya no cierra bien, no hay manera de saber si existía antes. El propietario dice que llegó en tu arriendo. Vos decís que ya estaba. No hay papel. No hay foto.
Los propietarios honestos también necesitan el inventario. Sin él, tampoco pueden cobrar daños legítimos que un inquilino sí causó. Un inquilino que rompió una puerta y se fue puede negar cualquier responsabilidad si no hay acta de entrada que muestre que la puerta estaba en buen estado cuando llegó.
La asimetría está en que el inquilino tiene el depósito retenido en manos del propietario. Cuando hay un conflicto al salir, el inquilino tiene que demostrar que no causó el daño — no al revés. Sin inventario, esa carga se vuelve casi imposible de cumplir.
Qué debe incluir el inventario (cuarto por cuarto)
Un buen inventario cubre todas las áreas del inmueble con suficiente detalle para que sea útil al salir. Esta tabla resume los puntos clave por área:
| Área | Qué revisar y documentar |
|---|---|
| Sala / comedor | Paredes (manchas, grietas, huecos), piso (rayones, baldosas rotas), ventanas, cortinas, lámparas, muebles incluidos |
| Cocina | Estufa (quemadores funcionando), nevera si aplica, campana extractora, grifo, azulejos, gabinetes |
| Habitaciones | Estado de paredes y techo, puertas (funcionan, cerraduras), ventanas, closets, iluminación |
| Baños | Ducha, sanitario, lavamanos, azulejos, griferías, cisterna |
| Áreas comunes | Terraza o balcón, patio, cuarto de ropas, parqueadero si aplica |
| General | Número de llaves entregadas, tag o control de portería, lectura de medidores (agua, luz, gas), citófono, timbre |
Además de la tabla escrita, filmá un video continuo con el celular mientras caminás por todo el apartamento antes de entrar. Los metadatos del archivo ya guardan la fecha y hora. Si preferís fotos, tomá una de cada pared, cada electrodoméstico y cualquier detalle en mal estado. Eso es suficiente.

Cómo hacer el inventario paso a paso
- Hacélo antes de entrar. No firmés el contrato y empecess a vivir sin hacer el inventario primero. Una vez que estás adentro, cualquier daño puede ser "tuyo".
- Que estén ambas partes. El propietario (o representante de la inmobiliaria) y el arrendatario deben estar juntos durante la revisión. Si el propietario no puede asistir, pedí que lo haga por escrito alguien con representación.
- Fotografiá todo, no solo los daños. Una pared sin rayones también necesita foto — para demostrar que estaba así cuando llegaste.
- Descripción precisa. "Rayón diagonal de 10 cm en la pared izquierda de la habitación principal, a 1,2 metros del suelo" es mucho mejor que "pared con rayón". La vaguedad solo genera conflicto.
- Dos copias firmadas. Una para el propietario, una para el inquilino. Si es físico, fotocopiálo antes de salir. Si lo hacés por correo, el hilo sirve de respaldo.
- Adjuntálo al contrato. Si el inventario queda como anexo firmado del contrato de arrendamiento, tiene más peso legal. Muchas inmobiliarias tienen formato estándar — si la tuya no tiene, pedílo o hacélo vos.
¿Qué pasa si el propietario se niega a hacer el inventario?
Es una señal de alerta. No necesariamente implica mala fe — algunos propietarios simplemente no saben que existe o creen que no es necesario — pero convés saber cómo manejarlo.
Si el propietario dice que no hace falta, hacélo vos igualmente: recorré el apartamento el día de la entrega de llaves, documentá todo en fotos y video con fecha visible, y mandá un mensaje al propietario por WhatsApp o correo diciendo algo como: "Adjunto registro del estado del apartamento al momento de recibir las llaves, [fecha]." Guardá ese hilo. Si el propietario nunca responde negando el contenido, ese silencio tiene valor si el conflicto llega a conciliación.
Si el contrato incluye una cláusula como “el arrendatario recibe el inmueble en perfectas condiciones”, eso no anula el inventario — pero sí hace que sea más urgente documentar cualquier defecto antes de entrar. Para entender qué otras cláusulas revisar, mirá esta guía sobre red flags en contratos de arriendo en Colombia.
A la salida: cómo usar el inventario para recuperar el depósito
El inventario de entrada es tu argumento al salir. Cuando el propietario señale algo, comparás contra el acta: ¿estaba antes o llegó durante tu arriendo?
Hay una distinción clave en la Ley 820: el propietario puede cobrar “deterioro que exceda el uso normal”. El desgaste natural —pintura ligeramente descolorida, pequeñas marcas de ganchos o cuadros, puertas que han perdido algo de ajuste— no es cobrable. Lo que sí puede cobrarse: huecos en paredes, azulejos rotos, daños en electrodomésticos, rayones profundos en pisos de madera o cerámica.
Si hay desacuerdo, el proceso es: (1) mostrar el inventario de entrada comparado con el estado actual y solicitar explicación detallada de los cobros por escrito; (2) si no hay acuerdo, acudir a un centro de conciliación —gratuito o de bajo costo— antes de escalar a un juzgado; (3) en última instancia, proceso verbal sumario ante un juez civil. Con el inventario bien hecho, rara vez se llega a ese punto.
Para entender mejor cómo funciona el depósito y las garantías en Colombia, mirá también Codeudor, fiador y póliza de arriendo: diferencias y cuál conviene.
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Ver apartamentos en arriendo →Preguntas frecuentes
❓ ¿Está obligado el propietario a hacer un inventario de entrega?
No hay un artículo en la Ley 820 de 2003 que obligue explícitamente al inventario en todos los contratos. Pero la ley sí impide al arrendador cobrar daños que no pueda probar que ocurrieron durante el arriendo. Sin inventario, esa prueba no existe. El que corre más riesgo sin inventario es el inquilino — porque tiene el depósito en manos del propietario.
❓ ¿Puedo hacer el inventario yo solo, sin que esté el propietario?
Sí, pero su valor probatorio es menor. Si el propietario no quiere participar, hacélo igual: video con fecha, fotos, correo o WhatsApp enviado al propietario el mismo día de la entrega de llaves. Un inventario unilateral que el propietario recibe y no contesta tiene más peso que no tener nada.
❓ ¿Qué se considera desgaste normal en un apartamento arrendado?
Desgaste normal incluye pintura ligeramente descolorida, pequeñas marcas de ganchos o cuadros, puertas que han perdido algo de ajuste, griferías con signos de uso. No incluye huecos en paredes, manchas grandes, azulejos rotos, daños en electrodomésticos o rayones profundos en pisos. El estándar legal es el 'uso cuidadoso y razonable' del inmueble.
❓ ¿Qué hago si el propietario retiene el depósito injustamente?
Primero, contactálo por escrito mostrando el inventario de entrada y solicitando una explicación detallada de los cobros. Si no hay acuerdo, podés acudir a un centro de conciliación en tu ciudad —gratuito o de bajo costo— antes de escalar a un juzgado. En Bogotá funcionan los centros de conciliación de la Cámara de Comercio. En Medellín, el Centro de Conciliación de Comfama o la Universidad de Medellín. Con el inventario en mano, rara vez llega a juzgado.




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