CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE HABITACIÓN EN VIVIENDA COMPARTIDA
LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN: Colombia, a la fecha del inicio del contrato.
ARRENDADOR / ANFITRIÓN: ____________________, identificado(a) con C.C. o NIT No. _______________, residente en la dirección _______________, con teléfono _______________.
ARRENDATARIO / OCUPANTE: ____________________, identificado(a) con C.C. No. _______________, residente en la dirección _______________, con teléfono _______________.
Las partes celebran esta minuta base para regular el uso de una habitación dentro de vivienda compartida. El acuerdo debe ajustarse al caso real, al reglamento del inmueble y a las normas aplicables cuando corresponda:
PRIMERA. Objeto: El Arrendador concede al Arrendatario el uso de la habitación identificada dentro del inmueble ubicado en: ____________________. El uso será habitacional y personal, salvo autorización escrita.
SEGUNDA. Zonas comunes y servicios incluidos: El Arrendatario podrá usar razonablemente las zonas comunes pactadas y deberá conservarlas en buen estado. Las partes acuerdan sobre servicios, administración, internet, aseo u otros cobros lo siguiente: No, los servicios públicos son a cargo del Arrendatario..
TERCERA. Canon y forma de pago: El Arrendatario pagará un canon mensual de $1.200.000 COP (UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE), dentro de la siguiente fecha: Primeros 5 días calendario de cada mes. La forma de pago será: Transferencia bancaria a cuenta de ahorros.
CUARTA. Duración: La duración inicial será de 12 meses, contados desde el 2026-06-15. Cualquier prórroga, terminación anticipada o cambio de condiciones deberá constar por escrito.
QUINTA. Convivencia: El Arrendatario se obliga a respetar horarios de descanso, normas de aseo, seguridad, visitas, uso de cocina/lavandería y demás reglas razonables de convivencia del hogar. En la habitación SÍ se autoriza la permanencia de mascotas, respondiendo el Arrendatario por daños o molestias.
SEXTA. Prohibiciones básicas: El Arrendatario no podrá subarrendar, ceder el uso de la habitación, realizar actividades ilícitas, modificar cerraduras o hacer cambios físicos sin autorización escrita del Arrendador.
SÉPTIMA. Daños, inventario y restitución: Al terminar el acuerdo, el Arrendatario entregará la habitación, llaves y bienes recibidos en estado similar al inicial, salvo deterioro natural por uso normal.
OCTAVA. Cláusula penal: En caso de incumplimiento grave, la parte incumplida pagará a la otra a título de pena la suma de $2.400.000 COP (DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE), sin perjuicio de reclamar daños demostrables cuando proceda.
Para constancia, las partes firman este documento.